Por una corrección, se evidencia la división en el Supremo sobre el «compliance»

Una rectificación sobre una sentencia, ha vuelto a evidenciar la división que existe en la Sala de lo Penal sobre este tema. La primera resolución con el ponente magistrado Andrés Martínez Arrieta, afirmaba que la responsabilidad de las empresas es vicarial. Lo que da a entender que una vez comprobado el delito que haya cometido algún empleado o directivo de la empresa, se crea una transferencia automática con culpa a la organización.

En este caso la sentencia corroboraba que el Banco Mare Nostrum era absuelto así como dos de sus empleadas, a quien la acusación asignaba los delitos de estafa procesal, falsedad documental y falso testimonio.

El tiempo en que llegara la rectificación ha sido de dos semanas y media en un auto firmado de Martínez Arrieta, que afirma que se produjo un ‘error en la argumentación’ en el momento que se habló de responsabilidad vicarial. 

«Lo procedente es afirmar la autonomía de las responsabilidades y, por lo tanto, no supeditada a la condena de una persona física»

Así explicaba el texto que como vemos, no ordena eliminar el término vicarial de la sentencia original.

Aunque este afirme que se trata de un error puntual, ya sería la segunda vez que este magistrado realiza su firma como ponente en una sentencia en la que afirma que la responsabilidad penal de las organizaciones es vicarial.

Como es lógico, las fuentes jurídicas no creen que sea de nuevo la repetición de un fallo involuntario, por lo que se enmarcan estos hechos dentro de la lucha que hay entre los magistrados de la Sala de lo Penal por la interpretación del artículo 31 bis del Código Penal.

En efectos prácticos, el intenso debate del que hablamos gira en torno a una cuestión que no es sólo teórica. Saber cómo se determina la culpabilidad de una empresa, tiene una incidencia clave en el devenir de los procesos en los que estas se vean envueltos.

Fuente y más información:  CincoDias

Por |2018-12-26T10:06:13+00:00diciembre 17th, 2018|Blog|Sin comentarios

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